Visa para Trabajadores Eventuales en la Cultura, Deporte o Educacion - International Relocation Firm

Visa para Trabajadores Eventuales en la Cultura, Deporte o Educacion


International Relocation Firm podrá asistirlo en el trámite de solicitud para la obtención de una Visa para trabajadores eventuales de cultura, deporte y educación.

El artículo 15 del Decreto Ley No. 3 del 22 de Febrero de 2008 permite a las empresas contratar a un extranjero que ingrese a Panamá para trabajar en un proyecto de manera temporal por una sola vez para un trabajo técnico, en el ámbito cultural, artístico, musical, deportivo, profesional, educativo o científico, por un lapso no prorrogable de tres (3) meses. La empresa y el extranjero deberán cumplir con los requisitos y responsabilidades que son requeridos por el Servicio Nacional de Migración de Panamá, y el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral de Panamá.

La empresa solicitante está obligada a cumplir con las disposiciones del Artículo 89 del Decreto Ley No. 3 del 22 de Febrero de 2008 y los requerimientos en ésta regulación.

El solicitante podrá solicitar ésta Visa cuando su estadía no sea menor a quince (15) días calendario, para lo cual deberán cumplir con las formalidades exigidas en el artículo 28 del Decreto Ley No. 3 del 22 de Febrero de 2008, exceptuando los numerales 2 y 4 y entregar la siguiente documentación:

  1. Solicitud de Visa de Trabajadores Eventuales de Cultura, Deporte y Educación.
  2. Tres (3) fotografías.
  3. Copia del documento de identificación del país de origen o el permiso de residencia.
  4. Realizar el pago por gestión de trámite migratorio por la suma de cien ($100.00) Dólares Americanos a favor del Servicio Nacional de Migración.
  5. Permiso de Trabajo en Panama.
  6. Copia del boleto aéreo o ticket electrónico mostrando la fecha de retorno a su país de origen o de residencia.
  7. Constancia de reservación hotelera o del lugar de alojamiento.
  8. Paz y Salvo Nacional de los ingresos de la empresa solicitante.
  9. Paz y Salvo de la Caja del seguro social de la empresa solicitante.
  10. Carta de responsabilidad de la empresa.
  11. Prueba de capacidad de pago del Impuesto sobre la Renta correspondiente al valor del contrato de trabajo.
  12. Depósito de garantía emitido por la empresa que contrata a favor del Servicio Nacional de Migración por la suma de doscientos cincuenta (250.00) Dólares Americanos.

Nota: En el caso de solicitar éste tipo de Visa para un grupo de más de diez (10) personas extranjeras, el depósito de garantía deberá ser hecho por un monto de Dos mil quinientos ($2,500) Dólares Americanos a favor del Servicio Nacional de Migración.

Para solicitar la Visa de Trabajadores Eventuales de Cultura, Deporte y Educación, cuando la estadía de los extranjeros sea menor a quince (15) días calendarios, deberá completar los requisitos mencionados anteriormente y con la formalidad requerida en el Artículo 28 del Decreto Ley No. 3 del 22 de Febrero de 2008, excepto para los numerales 2, 3 y 4.

Si Usted está interesado en reubicarse o inmigracion en Panama, por favor contáctenos y gustosamente le brindaremos una consulta personalizada en las oficinas de PANAMA OFFFSHORE LEGAL SERVICES, y de igual manera le ofreceremos nuestras tarifas por la gestión y trámite para la obtención de una Visa en Panamá.


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