Sociedades Offshore en Panama: Formación y Leys

Sociedades en Panamá


Constituir una sociedad anónima en Panamá ofrece muchos beneficios. Una sociedad anónima panameña puede ser utilizada por individuos que están interesados en hacer cualquier tipo de negocio legal en Panamá. El uso de una sociedad anónima panameña también proporciona asequibilidad y conveniencia para lograr sus objetivos comerciales. La formación de una sociedad anónima panameña es fácil, rápida y rentable. Por lo general, la constitución de una sociedad anónima en Panamá toma 5 días hábiles.

AVISO IMPORTANTE PARA LAS PERSONAS ESTADOUNIDENSES: Las personas estadounidenses (ciudadanos o residentes de los Estados Unidos) están sujetas a impuestos sobre sus ingresos en todo el mundo y están obligadas a informar sobre cualquier propiedad o control de sociedades extranjeras, incluidas las sociedades panameñas.

¿Qué es una sociedad anónima en Panamá?

Una sociedad anónima panameña es una entidad jurídica o persona jurídica, formada por ley, generalmente por 2 o más personas, que tiene derechos y obligaciones similares a los que tendría una persona. Una sociedad anónima panameña tiene un Pacto Social, que establece las normas y reglamentos de quién y cómo operará la empresa. Una sociedad anónima panameña debe contar con 2 individuos llamados suscriptores que se presentan ante el Notario Público en Panamá para firmar la escritura de constitución del Pacto Social, que luego se inscribe en el Registro Público de Panamá para formar la entidad jurídica. Las sociedades anónimas panameñas requieren que aparezcan 3 directores individuales en la sociedad, y 3 oficiales (Presidente, Secretario y Tesorero), que puede ser una persona ocupando los 3 puestos de oficial. Los oficiales son los representantes legales que están autorizados a firmar por la corporación. Los accionistas de la sociedad son designados en un certificado de acciones físico que se emite una vez que la sociedad es «creada» (una vez que la sociedad es inscrita en el Registro Público).

Panamá ofrece varios tipos de sociedades anónimas, pero el tipo más común es lo que se llama una «Sociedad Anónima», que es la sociedad estándar formada en Panamá para el uso comercial local e internacional. A diferencia de otras jurisdicciones, Panamá no ofrece un tipo de sociedad separado específicamente para su uso fuera de Panamá. Las sociedades anónimas panameñas son para uso comercial local, (en cuyo caso se requiere un permiso de operaciones comerciales locales), o para uso comercial internacional, (en cuyo caso no se requiere un permiso de operaciones comerciales locales en Panamá), o ambos. Una sociedad anónima panameña también se conoce como una «sociedad comercial internacional», o «ibc».

¿Por qué formar una sociedad anónima en Panamá?

Las sociedades anónimas panameñas se utilizan generalmente para operaciones comerciales locales en Panamá, o para el comercio internacional, para establecer fideicomisos o fundaciones, para mantener la propiedad de bienes raíces (generalmente en Panamá), para mantener los derechos de propiedad intelectual, o para mantener cualquier otro tipo de activos. En algunos casos, las personas establecen sociedades anónimas panameñas para necesidades comerciales muy específicas. Los individuos también pueden crear varias sociedades anónimas panameñas que trabajen juntas como un grupo para mantener varios activos, lo que puede proporcionar una mejor organización de los negocios o del patrimonio familiar.

Ley 47 y acciones al portador

Panamá es uno de los pocos países del mundo que aún ofrece «acciones al portador», que son certificados de acciones de una sociedad anónima que se emiten a nombre de «El Portador», lo que significa que el propietario es el «portador» o tenedor de las acciones. Sin embargo, en agosto de 2013, se aprobó la Ley 47 que exige que las sociedades anónimas panameñas que emitan acciones al portador y todos los que estén en posesión de esas acciones al portador deben designar un custodio autorizado para tomar posesión de las acciones al portador. Un custodio autorizado puede ser un banco autorizado, un abogado panameño (o una firma de abogados), fiduciarias panameñas o casas de bolsa reguladas por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá. Adicionalmente, aquellos custodios en posesión de acciones al portador deben presentar una declaración jurada que proporcione información básica de identidad sobre el verdadero propietario y la sociedad que emitió las acciones, así como su agente residente.

Tenga en cuenta que esta ley no obliga a las sociedades anónimas panameñas a inscribir los nombres de los accionistas en el Registro Público. Sólo se inscriben en el Registro Público los nombres de los funcionarios de la sociedad, los directores y el agente registrado.

Debido al riesgo asociado con las acciones al portador, International Relocation Firm actualmente NO ofrece la formación de sociedades anónimas panameñas utilizando certificados de acciones al portador, sólo ofrecemos la formación de sociedades anónimas panameñas con certificados de acciones nominativos, lo que significa que las acciones son emitidas a nombre de personas específicas, o a nombre de una sociedad, fundación o fideicomiso.

Tenga en cuenta que la Ley 129 del 17 de marzo de 2020 fue aprobada por el gobierno de Panamá, para crear un registro de beneficiarios finales de las personas jurídicas en Panamá. La ley establece que la Superintendencia de Asuntos No Financieros administrará el sistema tecnológico de registro de beneficiarios finales de personas jurídicas, y los funcionarios designados por dicha autoridad tendrán acceso exclusivo a la información, con la obligación de mantener la estricta confidencialidad y privacidad de dicha información. Una vez implementado el sistema, todos los abogados y firmas de abogados en Panamá que funjan como agentes residentes, tendrán un plazo de 6 meses para registrar en el sistema a los beneficiarios finales de cada una de las personas jurídicas de sus clientes (incluso aquellas entidades creadas con anterioridad a la implementación de esta ley), y mantener el sistema actualizado periódicamente. Si bien el agente residente será responsable de mantener la información actualizada, el agente residente no será responsable de la veracidad o exactitud de la información proporcionada por su cliente. Cualquier entidad que no proporcione la información del beneficiario final en el sistema de registro central será suspendida por un período de 2 años, y si no se reactiva antes del plazo de 2 años, entonces la empresa será disuelta en el Registro Público.

Según la ley 23 del 27 de abril de 2015, International Relocation Firm está obligada por ley a realizar una extensa diligencia debida a todos los clientes que deseen constituir entidades en Panamá. Los requisitos de debida diligencia incluyen una serie de documentos e información que el cliente debe proporcionar a la firma de abogados, para cumplir con las leyes de «Conozca a su cliente» de Panamá, y es nuestro deber tomar esto muy en serio.

Si usted desea formar una sociedad en Panamá, por favor no dude en ponerse en contacto con nuestras oficinas de abogados para obtener más detalles.


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