Preguntas Frecuentes - International Relocation Firm

P: ¿Quiénes son ustedes y dónde están ubicados?

R: Somos una firma de abogados de servicio completo en Panamá que se especializa en servicios de reubicación en Panamá, derecho de inmigración, derecho inmobiliario en Panamá, derecho corporativo en Panamá, así como introducciones bancarias en Panamá, entre otros servicios como registros marítimos en la República de Panamá. Nuestros abogados son agentes registrados en el Registro Público de Panamá. Estamos ubicados en la Ciudad de Panamá, Panamá y nuestra dirección física y apartado postal se encuentra en la parte inferior de la página web.

P: ¿Por qué sus precios son tan bajos?

R: Nuestros precios no son los más bajos del mercado, ni tampoco los más altos. Estamos orgullosos de ofrecer un gran servicio a un precio justo.

P: ¿Cómo puedo confiar en su servicio, pueden proporcionar referencias?

R: Somos un bufete de abogados con buena reputación en la industria de servicios legales en Panamá. Si lo desea, podemos proporcionarle una lista de referencias de corresponsales profesionales. Desafortunadamente, debido a la naturaleza confidencial de nuestro negocio, no siempre podemos proporcionar a nuestros clientes como referencias sin sus autorizaciones.

P: ¿Tengo que venir a Panamá para concretar algo?

R: Para la mayoría de nuestros servicios, incluyendo la tramitación de la inmigración, así como las transacciones de compra de bienes raíces, y las presentaciones bancarias, se requiere una visita personal. En algunos casos podemos establecer corporaciones o fundaciones panameñas sin reunirnos en persona, sin embargo, Panamá es un país hermoso y le animamos a que nos visite. Nuestros abogados estarían más que felices de programar una reunión personal con usted para consultas que son gratis por los primeros 30 minutos, y US$100 por hora adicional.

P: ¿Qué pasa si quiero reubicarme en Panamá?

R: Ofrecemos varios servicios de reubicación. Podemos ayudarle a obtener la residencia en Panamá, a establecer negocios, a hacer presentaciones bancarias, entre otros servicios.

P: ¿Recomiendan comprar o alquilar una propiedad en Panamá?

R: Eso depende de sus necesidades. Le recomendamos que consulte con nuestros profesionales de bienes raíces para determinar lo que es mejor para usted.

P: ¿Puedo ver propiedades durante mi visita a Panamá?

R: Sí, podemos hacer arreglos para mostrarle muchas propiedades diferentes, dependiendo de lo que esté buscando y de la ubicación que prefiera. Una vez que se decida por una propiedad que desee alquilar o comprar, podemos ayudarle a gestionar su transacción inmobiliaria.

P: ¿Cuál es la diferencia entre una corporación, una fundación o un fideicomiso?

R: Por lo general, las corporaciones se utilizan para empresas con fines de lucro que implican actividades comerciales como el comercio de valores, la banca, el comercio internacional, la propiedad de activos, etc. Las Fundaciones de Interés Privado se utilizan generalmente para actividades sin ánimo de lucro, como organizaciones benéficas, recibir o dar donaciones, subvenciones, etc., pero también pueden utilizarse para fines de tenencia, como la propiedad de una corporación de Panamá o cualquier otro tipo de activo. Los fideicomisos se utilizan generalmente para fines de tenencia, como la propiedad de corporaciones, o la tenencia de activos.

P: ¿Puedo tener la propiedad personal de bienes inmuebles en Panamá?

R: Sí. Los extranjeros tienen los mismos derechos de propiedad que los panameños locales. Usted puede ser dueño de una propiedad en su nombre personal sin problema, sin embargo, algunos dueños de propiedades prefieren ser dueños de propiedades a nombre de una corporación panameña por razones de protección de activos, o por razones de negocios específicos.

P: ¿Existe algún requisito para presentar declaraciones de impuestos en Panamá, llevar los libros de la sociedad, tener un contador, etc.?

R: Sí. Las sociedades panameñas deben presentar una declaración que indique que son «sociedades offshore», por lo que no pagan impuestos en Panamá sobre sus ingresos no panameños. Las sociedades offshore panameñas que ganan dinero fuera de Panamá no pagan impuestos sobre la renta en Panamá. Las sociedades panameñas deben llevar los libros de la sociedad.

P: ¿Existen tarifas de renovación anual para la corporación o fundación panameña?

R: Sí. El impuesto anual de franquicia corporativa es de 300 dólares por entidad (corporación o 400 dólares para una fundación), que se paga al gobierno de Panamá. La tasa anual por el domicilio social y el agente residente (que se paga a nuestro bufete de abogados) es de 450 dólares estadounidenses. Si utiliza nuestro servicio de directores nominales, habrá una cuota anual adicional de US$150 por director. En cada fecha de aniversario de la sociedad, nuestro departamento de renovaciones le facturará las tasas anuales.

P: ¿Existen multas o recargos por no pagar las cuotas anuales de la corporación o fundación de Panamá?

R: Sí. El gobierno cobra un cargo por demora de US$50 si usted no paga el impuesto anual de franquicia de la corporación a tiempo. Después del primer cargo por retraso, el gobierno cobra un segundo cargo por retraso de US$300 por no pagar dos períodos fiscales consecutivos. Nuestro bufete de abogados cobra una tasa de retraso de 50 dólares por periodo fiscal, por el impago de las tasas de agente residente/oficina registrada/director nominado. Es muy importante mantener su(s) entidad(es) en buen estado o de lo contrario el Registro Público de Panamá eliminará el registro de la empresa y luego sería costoso volver a activarlo.

P: ¿Qué incluye la compra de una sociedad anónima o fundación panameña?

R: Cada paquete de sociedad anónima panameña viene completo con artículos de incorporación (con traducción oficial al inglés), agente residente, oficina registrada, certificados de acciones (emitidos en forma nominativa), y una carta de renuncia de los suscriptores. Las fundaciones incluyen la escritura de constitución (con traducción oficial al inglés), el agente residente, el domicilio social y el Documento de Protectorado Privado notariado.

Opcionalmente, puede pedirnos que proporcionemos directores nominales o el consejo. En este caso, también incluiremos cartas de renuncia pre-firmadas y sin fecha de cada director (o miembro del consejo), además de un Poder General notariado y apostillado.

P: ¿Qué son los directores nominales?

R: Los directores nominales (o miembros nominales del consejo) son directores que nuestro bufete de abogados nombra por usted. Cada corporación o fundación debe tener 3 directores designados cuando la entidad se inscribe en el registro público de Panamá. Los nombres de los directores y los números de pasaporte están en la escritura pública de la corporación (o fundación) y esta información está disponible al público. Cuando nombramos directores nominales en las entidades de nuestros clientes, proporcionamos a nuestros clientes cartas de renuncia pre-firmadas y sin fecha de cada director para que puedan reemplazar a los directores en cualquier momento.

P: ¿Puedo enviar mis artículos domésticos a Panamá?

R: Sí, usted puede enviar sus artículos domésticos a Panamá. Se recomienda enviar sus enseres domésticos a Panamá después de tener la residencia, porque puede obtener descuentos especiales en el impuesto de importación si es residente como Pensionado, por ejemplo.

P: ¿Es difícil transferir mi dinero a mi cuenta bancaria en Panamá?

R: El banco en Panamá le pedirá el origen de los fondos para justificar que los fondos provienen de fuentes legales. El banco puede pedir documentación como sus declaraciones de impuestos, estados financieros o carta de empleo, para apoyar el origen de los fondos.

P: ¿Proporcionan ustedes consultoría legal, para la creación de negocios específicos en Panamá?

R: Sí, brindamos asesoría legal para la mayoría de los tipos de negocios. Nuestra área de especialización es la reubicación en Panamá, servicios de inmigración en Panamá, derecho inmobiliario y derecho corporativo.

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