{"id":7061,"date":"2010-10-18T00:00:00","date_gmt":"2010-10-18T05:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/relofirm.com\/panama_taxes\/"},"modified":"2020-09-25T15:31:49","modified_gmt":"2020-09-25T20:31:49","slug":"impuesto-sobre-la-renta-en-panama","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.relofirm.com\/es\/impuesto-sobre-la-renta-en-panama\/","title":{"rendered":"Impuesto Sobre la Renta en Panama"},"content":{"rendered":"

Impuesto sobre la renta para Personas Jur\u00eddicas (Empresas)<\/strong><\/h2>\n

El \u00fanico ingreso gravable es aquel derivado dentro del territorio de Panam\u00e1. La venta de productos o servicios a las personas, entidades o compa\u00f1\u00edas en Panam\u00e1 se consideran como \u201cfuente de ingreso de Panam\u00e1\u201d y son gravables. La venta de productos o servicios a personas, entidades o compa\u00f1\u00edas ubicadas fuera del territorio paname\u00f1o no son gravables. El ingreso que provenga de la renta (arrendamiento) o venta de bienes ra\u00edces en Panam\u00e1 es gravable. Las comisiones e intereses devengados de pr\u00e9stamos que financien negocios en Panam\u00e1 son gravables. Los centros de llamadas tienen una ley especial que exime \u00a0a sus ingresos del impuesto sobre la renta. Los comercios que facturen productos que nunca ingresan a Panam\u00e1 no son gravables. Las compa\u00f1\u00edas en Panam\u00e1 que faciliten las actividades comerciales llevadas a cabo fuera de Panam\u00e1 no son gravables.<\/p>\n

Exento del impuesto sobre los intereses:<\/strong> los intereses de los ahorros y cuentas bancarias a plazo fijo de bancos id\u00f3neos y con licencia en Panam\u00e1 est\u00e1n exentos del impuesto. El inter\u00e9s de los t\u00edtulos de deuda registrados con la Comisi\u00f3n Nacional de Valores y que coticen en la bolsa de valores est\u00e1n exentos. Las instituciones financieras no residentes y prestamistas que reciban intereses y comisiones pagadas por bancos paname\u00f1os o por la construcci\u00f3n de proyectos habitacionales est\u00e1n exentos de impuestos.<\/p>\n

Impuesto Sobre la Renta:<\/strong> el ingreso gravable o sujeto a impuesto se obtiene restando el ingreso de fuente extranjera y el ingreso exento del ingreso bruto.<\/p>\n

Deducciones:<\/strong> los gastos de la empresa, utilizados para generar ingreso gravable o para preservar el negocio son considerados como deducibles en las declaraciones de renta y deben ser documentados y s\u00f3lo ser\u00e1n permitidos en el mismo a\u00f1o fiscal en que ocurrieron.<\/p>\n

Tasas del Impuesto Sobre la Renta:<\/strong> a partir del 2010,\u00a0 las tasas de impuesto para las personas jur\u00eddicas se redujeron del 30% al 27.5% y ser\u00e1 reducida aun mas en el 2011 a un 25%. Las compa\u00f1\u00edas involucradas en las telecomunicaciones, banca, generaci\u00f3n de energ\u00eda, cementeras, casino y juegos de azar y las aseguradoras y reaseguradoras\u00a0 continuar\u00e1n pagando la tasa del 30% hasta el 2012 cuando la tasa se reduzca a un 27.5% y en el 2014 a un 25%. Si el gobierno posee el 40% o m\u00e1s del capital de la compa\u00f1\u00eda\u00a0 seguir\u00e1 pagando la tasa del 30%. Las compa\u00f1\u00edas dedicadas a la agricultura y a la peque\u00f1a empresa tienen una tasa especial m\u00e1s baja de impuesto sobre la renta.<\/p>\n

C\u00e1lculo:<\/strong> el c\u00e1lculo tradicional del impuesto sobre la renta es simplemente multiplicar el ingreso neto gravable por la tasa de impuesto. Las empresas con un ingreso gravable superior a $1.5 millones usan un c\u00e1lculo diferente. Su tasa es la m\u00e1s alta entre el c\u00e1lculo tradicional y la multiplicaci\u00f3n del ingreso gravable por 4.67%.<\/p>\n

Pagos mensuales:<\/strong> a partir del 2011, todas las empresas y entidades deben pagar su impuesto sobre la renta estimado antes del 15 de cada mes igual a 1% del total del ingreso gravable acumulado del mes anterior. A esto se le llama \u201cImpuesto sobre la renta mensual por adelantado\u201d o MITA. Las empresas involucradas en la venta de gasolina, productos derivados del petr\u00f3leo, farmac\u00e9uticos, alimentos y productos m\u00e9dicos pagan un MITA diferente. A final del a\u00f1o fiscal, la empresa determina el total del impuesto sobre la renta y deduce el total del MITA pagado. Si el total de MITA pagado es mayor al impuesto adeudado o que debe pagar, la empresa puede obtener un cr\u00e9dito fiscal para ser utilizado en futuros MITAs.<\/p>\n

P\u00e9rdidas:<\/strong> las p\u00e9rdidas pueden ser prorrogadas hasta por 5 a\u00f1os siempre que la p\u00e9rdida no exceda el 20% de la p\u00e9rdida total en un a\u00f1o. Ciertas industrias reguladas como la miner\u00eda tienen planes especiales de perdida.<\/p>\n

Declaraciones Anuales<\/strong>: las declaraciones del impuesto sobre la renta deben ser presentadas por la empresa 3 meses despu\u00e9s de que el a\u00f1o fiscal termine. Aunque para la mayor\u00eda de las empresas el a\u00f1o fiscal va con el a\u00f1o calendario regular, las empresas pueden solicitar la aprobaci\u00f3n de un a\u00f1o fiscal diferente.<\/p>\n

Impuesto Sobre la Renta para Personas Naturales<\/strong><\/h2>\n

Las personas naturales que ganen menos de $11,000 por a\u00f1o no pagan impuesto sobre la renta. Aquellos que ganan entre $11,000 y $50,000 pagan una tasa de impuesto del 15% mientras que aquellos que ganen\u00a0 $50,000 o m\u00e1s pagan una tasa del 25%.<\/p>\n

Las deducciones para las parejas casadas son de $800.00 con su declaraci\u00f3n conjunta de impuestos. Los intereses hipotecarios pagados en la casa principal pueden ser deducidos hasta $15,000 anualmente. Los pagos de intereses de los pr\u00e9stamos estudiantiles por el contribuyente o la educaci\u00f3n de dependientes en Panam\u00e1 son completamente deducibles. Las primas de seguros de salud son deducibles. Las contribuciones a planes de pensiones privadas hasta el 10% de ingreso bruto anual de una persona natural a un m\u00e1ximo de $15,000 anual son deducibles.<\/p>\n

Residentes extranjeros:<\/strong> los extranjeros que residan en Panam\u00e1 por m\u00e1s de 183 d\u00edas al a\u00f1o y ganen alg\u00fan ingreso en Panam\u00e1 ser\u00e1n gravados con la misma tasa y en la misma proporci\u00f3n que los nacionales.<\/p>\n

Declaraciones Anuales:<\/strong> las personas naturales deben declarar su impuesto sobre la renta anual antes del 15 de marzo. Las personas naturales cuya \u00fanica fuente de ingreso sea un simple salario est\u00e1n exentas de hacer la declaraci\u00f3n de impuestos sobre la renta, ya que el empleador retiene parte de cada pago para los impuestos.<\/p>\n

Impuesto del Seguro Social<\/strong><\/p>\n

Los empleadores y empleados pagan impuestos de seguro social cuando se le paga al empleado. Actualmente, los empleadores pagan $11.75% y los empleados pagan 8% y este porcentaje se incrementar\u00e1 en el 2013 cuando el empleador pagar\u00e1 12.25% y el empleado pagar\u00e1 9.75%. A los empleadores est\u00e1n obligados a retener un porcentaje del pago de cada empleador para el impuesto sobre la renta e impuesto de seguro social. El no retener y hacer los pagos a la Caja de Seguro Social dar\u00e1 lugar a recargos, multas e incluso acciones penales. Tambi\u00e9n hay una prima de riesgo profesional que se paga a la Caja de Seguro Social correspondiente al riesgo percibido que involucre el trabajo, el cual se retiene del sueldo del empleador.<\/p>\n

Impuesto educativo:<\/strong> un 1.25% adicional del salario de un empleado se retiene como un impuesto \u201ceducativo\u201d mientras que el empleador paga 1.5%.<\/p>\n

No Residentes:<\/strong> los empleadores est\u00e1n obligados a retener impuestos sobre la renta de no-residentes que obtengan ingresos de alguna fuente en Panam\u00e1. La tasa del impuesto sobre la renta para personas naturales se usa sin deducciones. Sin embargo, si el no-residente gana ingresos fuera del territorio de Panam\u00e1, pero el empleador paname\u00f1o desea deducir estos salarios de su impuesto sobre la renta, el no-residente solo tendr\u00e1 la mitad de la cantidad total pagada sujeta a la retenci\u00f3n de impuesto. El empleador est\u00e1 obligado a pagar a las autoridades fiscales los importes retenidos dentro de 10 d\u00edas despu\u00e9s del pago.<\/p>\n

Impuesto Sobre las Ganancias de Capital (Plusval\u00edas)<\/strong><\/p>\n

La tasa del impuesto sobre las ganancias de capital var\u00eda seg\u00fan el tipo de propiedad que se transfiera. S\u00f3lo las propiedades localizadas en Panam\u00e1 est\u00e1n sujetas al impuesto sobre la ganancia de capital. La tasa est\u00e1ndar es del 10% de la ganancia de la venta.<\/p>\n

La transferencia de acciones de una entidad paname\u00f1a que obtiene ingresos de una fuente de Panam\u00e1 requiere que el comprador retenga 5% del precio de la compra para los oficiales fiscales dentro de un plazo de 10 d\u00edas. A esto se le considera como un adelanto o anticipo del impuesto sobre la ganancia de capital del vendedor. El vendedor puede declarar el 5% como el impuesto total sobre la ganancia o si la cantidad excede la tasa normal del 10% de la ganancia real, el vendedor puede reclamar un cr\u00e9dito fiscal por la cantidad excedida cuando haga la declaraci\u00f3n de impuesto anual. Una entidad paname\u00f1a cuyo ingreso \u00fanico sea obtenido de fuentes no-paname\u00f1as (fuera de panam\u00e1) est\u00e1 exenta del impuesto sobre la ganancia de capital.<\/p>\n

La transferencia de acciones de una entidad paname\u00f1a que est\u00e9n registradas con La Comisi\u00f3n Nacional de Valores a trav\u00e9s de una bolsa de valores autorizada est\u00e1 exenta de pagar el impuesto sobre la ganancia de capital incluso si la entidad obtiene ingresos de fuentes paname\u00f1as. Por lo tanto, al vender acciones a trav\u00e9s de una bolsa de valores est\u00e1 exenta del impuesto sobre la ganancia de capital. La fusi\u00f3n y la reorganizaci\u00f3n de las entidades paname\u00f1as registradas con la Comisi\u00f3n de Valores de Panam\u00e1 e inscritas en la bolsa de valores envueltos en la transferencia de acciones tambi\u00e9n est\u00e1n exentas del impuesto sobre las ganancias de capital si cumplen con ciertos requisitos espec\u00edficos. Las ofertas p\u00fablicas de adquisici\u00f3n seg\u00fan lo definido por la normativa de valores no est\u00e1n exentas y el comprador debe retener 5% del precio total de compra como el impuesto sobre las ganancias de capital.<\/p>\n

Impuesto sobre Bienes Ra\u00edces<\/h3>\n

la transferencia de bienes ra\u00edces en Panam\u00e1 con la participaci\u00f3n de personas que est\u00e9n en el negocio de ventas y\/o compras de bienes ra\u00edces est\u00e1n sujetas al impuesto sobre la ganancia de capital. Tales personas se consideran distribuidores de bienes ra\u00edces cuando vendan 10 o m\u00e1s propiedades en un a\u00f1o. Su tasa de impuesto sobre la ganancia de capital es de 10% de la ganancia de la venta. Antes de la inscripci\u00f3n de la escritura (t\u00edtulo), el vendedor est\u00e1 obligado a pagar a los oficiales fiscales 3% de la cantidad mayor entre el precio de venta y el valor registrado de la propiedad como un anticipo en el impuesto sobre las plusval\u00edas. Al igual que la venta de acciones, el vendedor puede reclamar este pago como un excedente del impuesto sobre la ganancia de capital real y recibir un cr\u00e9dito fiscal en la diferencia. Este cr\u00e9dito fiscal puede ser utilizado para pagar otros impuestos, puede ser convertido en efectivo por los funcionarios fiscales o transferido a terceras personas. A partir del 1 de julio del 2010, la tasa del impuesto sobre la ganancia de capital o plusval\u00edas se reducir\u00e1 a 3.75% de la cantidad mayor del precio de venta o del valor registrado de la propiedad. Aprenda mas sobre\u00a0Impuestos Sobre la Propiedad en Panam\u00e1<\/a>.<\/p>\n

Impuesto sobre los Dividendos<\/h3>\n

Hay un 10% de impuesto sobre los dividendos realizados por entidades que tienen un permiso de operaci\u00f3n comercial y tienen ingresos de fuentes paname\u00f1as. El impuesto sobre los dividendos es s\u00f3lo del 5% si las ganancias provienen de fuentes extranjeras, est\u00e1 relacionado a la exportaci\u00f3n u otras leyes espec\u00edficas que eximan de pagar el impuesto. Las empresas localizadas en las zonas de libre comercio pagan un 5% por todos ingresos. La entidad que hace el dividendo retiene el impuesto y paga a las autoridades fiscales. No hay impuesto sobre la renta en esos dividendos recibidos. Los dividendos pagados a los titulares de acciones al portador deben pagar un impuesto del 20% sobre los dividendos.<\/p>\n

Impuestos sobre las Ganancias Retenidas<\/strong>: si no se pagan los dividendos o los dividendos pagados son menos del 40% de las fuentes de ingresos paname\u00f1as actuales despu\u00e9s de los ingresos fiscales; hay un impuesto del 10% por la diferencia entre el 40% y lo que se pag\u00f3. Si no se pagan los dividendos o los dividendos pagados son menos del 20% de los ingresos de fuente extranjera o ingresos espec\u00edficos exentos, hay un 10% de impuesto por la diferencia entre el 20% y lo que se pag\u00f3. A este impuesto se le conoce como el \u201cimpuesto complementario\u201d se acredita hacia futuros dividendos y puede ser visto como un adelanto\/anticipo del impuesto sobre los dividendos en relaci\u00f3n al 40% o 20% de las ganancias actuales. Las subsidiarias registradas de empresas extranjeras pagan este impuesto en sus ingresos totales actuales sin tener en cuenta si se hizo alguna distribuci\u00f3n.<\/p>\n

Impuesto sobre el Permiso Comercial<\/h3>\n

Todas las personas y entidades comprometidas en actividades comerciales dentro de la Republica de Panam\u00e1 deben obtener un permiso de operaci\u00f3n comercial (Aviso de Operaci\u00f3n), el cual es emitido por el Ministerio de Comercios e Industrias. El impuesto anual por el permiso iguala 2% del valor neto de la compa\u00f1\u00eda con un pago m\u00e1ximo de $60,000. Las empresas establecidas en las zonas econ\u00f3micas especiales o de desarrollo dentro de las zonas libres de comercio pagan una tasa de 1% con un pago m\u00e1ximo de $50,000.<\/p>\n

IVA<\/strong><\/p>\n

El Impuesto sobre el Valor Agregado se le conoce como el \u201cITBMS\u201d o impuesto sobre la venta en otros pa\u00edses. Este impuesto aplica a las mercanc\u00edas importadas, productos vendidos o servicios prestados en Panam\u00e1. El importador, vendedor o proveedor de servicios paga este impuesto por lo cual la mayor\u00eda simplemente agrega este impuesto para que sea pagado por el consumidor. A partir del 1 de julio de 2010 el ITBMS incremento del 5% al 7%. Unas tasas m\u00e1s altas existen por la venta de bebidas alcoh\u00f3licas (10%), productos del tabaco (15%) y servicios espec\u00edficos como servicios habitacionales de alojamiento (10%). Las exenciones de pagar este impuesto incluyen las transacciones de las zonas libres comerciales, generaci\u00f3n el\u00e9ctrica y servicios de distribuci\u00f3n, cargo y transporte de pasajeros por mar, aire o tierra. La mayor\u00eda de los comercios pagan el impuesto mensualmente.<\/p>\n

Importaci\u00f3n de Productos<\/strong><\/p>\n

Los productos importados a Panam\u00e1 que no est\u00e1n exentos por ley o por los acuerdos comerciales internacionales est\u00e1n sujetos a aranceles de importaci\u00f3n y el impuesto de ITBMS. Los aranceles de importaci\u00f3n se diferencian por productos y se establecen en un sistema de l\u00ednea arancelaria.<\/p>\n

Impuestos sobre Bienes Inmuebles<\/strong><\/p>\n

El impuesto a la propiedad se aplica al valor de la tierra y todas las mejoras registradas. La tasa est\u00e1ndar del impuesto a la propiedad comienza en un valor de $30.000 hasta $50.000 con una tasa de 1,75%, entre $50.000 y $75.000 la tasa es de 1,95% y todo aquello valorado por m\u00e1s de $75.000 d\u00f3lares a una tasa del 2,1%.<\/p>\n

Hay otra tasa \u201calternativa progresiva\u00bb que se aplica a propiedades existentes en\u00a0 buena condici\u00f3n, donde el contribuyente presenta una declaraci\u00f3n jurada por un nuevo valor basada en una valuaci\u00f3n por una compa\u00f1\u00eda certificada.\u00a0 Las propiedades con permisos de ocupaci\u00f3n expedidos antes del 1 de julio 2012 se gravar\u00e1n a este ritmo, siempre que las mejoras fueran presentadas en el Registro P\u00fablico antes del 1 de julio de 2011. Una nueva obra con permisos de construcci\u00f3n expedidos despu\u00e9s del 1 de julio de 2010 con las mejoras registradas en un plazo de un a\u00f1o despu\u00e9s de la emisi\u00f3n del permiso de ocupaci\u00f3n. Adem\u00e1s, el valor de la tierra debe ser actualizado si han pasado m\u00e1s de 5 a\u00f1os desde el momento en que las mejoras se registraron. Esta tasa es del 0% hasta $30.000 por la tierra y el valor de la mejora y 0,75% entre $30.000 hasta $100.000 y desde $100.000 en adelante la tasa es del 1%. Los terrenos donde los edificios de condominios est\u00e9n incorporados como \u00abpropiedades horizontales\u00bb, con un valor proporcional de la tierra del propietario del condominio no exceda de $30.000 ser\u00e1n a una tasa del 0%. De lo contrario, el terreno ser\u00e1 gravado a una tasa del 1%.<\/p>\n

El impuesto sobre la transferencia de bienes ra\u00edces tiene un 2% de la mayor parte del valor total de la venta o del valor registrado m\u00e1s el valor de las mejoras m\u00e1s el 5% por cada a\u00f1o desde la obtenci\u00f3n de la propiedad y de la venta.<\/p>\n

Impuesto Municipales<\/strong><\/p>\n

Los municipios pueden cobrar impuestos por su propia cuenta, pero los mismos no son considerables.<\/p>\n

Otros Impuestos<\/strong><\/p>\n

Impuestos sobre los timbres se pueden aplicar en funci\u00f3n del valor de determinados documentos, como los contratos. Los bancos de Panam\u00e1 y algunas instituciones financieras pagan un impuesto anual basado en el tipo de instituci\u00f3n o de los activos totales. Hay un impuesto del 5% aplicado a la emisi\u00f3n de p\u00f3lizas de seguros espec\u00edficas.<\/p>\n

Las industrias reguladas, como la televisi\u00f3n gratuita y pagada, las telecomunicaciones, la generaci\u00f3n de energ\u00eda, bancos, compa\u00f1\u00edas de seguros y reaseguradoras, y las compa\u00f1\u00edas de seguridad pagan una cuota anual reguladora llamada \u00abTasas\u00bb, en un l\u00edmite permitido por la ley.<\/p>\n

Incentivos Fiscales<\/strong><\/p>\n

Ciertas industrias reciben incentivos fiscales para estimular a los inversores extranjeros, como la agricultura, el turismo, la miner\u00eda, la exportaci\u00f3n de mercanc\u00edas no tradicionales, generaci\u00f3n de energ\u00eda, construcci\u00f3n y operaci\u00f3n de concesiones gubernamentales, procesamiento y almacenamiento de productos derivados del petr\u00f3leo, el sector mar\u00edtimo, la industria manufacturera, y la reforestaci\u00f3n.<\/p>\n

Cualquier persona que invierta $2 millones o m\u00e1s en las actividades espec\u00edficas, y cumple ciertos requisitos pueden solicitar al Ministerio de Comercio e Industrias tener la inversi\u00f3n incluida en el Registro de Inversiones. La inclusi\u00f3n permitir\u00e1 que el inversionista tenga 10 a\u00f1os de derechos de aduana, impuestos y estabilidad laboral.<\/p>\n

Evitar la Doble Tributaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n

Panam\u00e1 contin\u00faa negociando y firmando tratados fiscales con otros pa\u00edses para evitar que sus ciudadanos que invierten en Panam\u00e1 hagan frente a los impuestos sobre la renta de ambos pa\u00edses sobre sus ingresos de fuente paname\u00f1as. B\u00e1sicamente, un tratado de doble tributaci\u00f3n permite completo cr\u00e9dito al impuesto sobre la renta del inversor pagado a Panam\u00e1 hacia cualquier impuesto sobre la renta adeudado en su pa\u00eds de origen basado en el ingreso de una fuente paname\u00f1a.<\/p>\n


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